Así debe circular el coche de apoyo de ciclistas

Escrito por Ciclismo a Fondo

Clubes, grupos de ciclistas, marchas cicloturistas… además de en las carreras, los vehículos de acompañamiento cada vez son más frecuentes cubriendo el itinerario de una comitiva ciclista.

Circular en grupo es una de las alternativas que más seguridad aporta a los practicantes del ciclismo, por razones relacionadas con la visibilidad frente a otros usuarios y por formar una unidad de movilidad que facilita las maniobras en la calzada, como giros, rotondas, incorporaciones… Cada vez es más frecuente que un automóvil acompañe a estos grupos, de manera especial cuando superan el número de 50, momento en el que la nueva Ley de Tráfico obliga a la utilización de un coche que, como poco, proteja la cola del pelotón.

En mayo de 2017 se adoptaron algunas medidas urgentes, mediante la modificación del Reglamento de Tráfico, para mejorar la seguridad vial de los ciclistas, pero ya desde enero de 2004 (Ley actualizada en 2015), se legisló sobre la presencia de coches de apoyo a los ciclistas. Desde 2004 se homologó una señal identificativa, que deberían utilizar los vehículos de acompañamiento, pero hay más normas que deben cumplir estos vehículos auxiliares.

En términos generales, a partir de 50 ciclistas, las comitivas deberán circular con vehículo de apoyo, dotado de la señal V-22. (Artículo 15, anexo 2 del RGCIR). Estos vehículos de seguimiento de ciclistas, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, circularán por el arcén de su derecha si fuera transitable o, en caso contrario, utilizarán la parte imprescindible de la calzada, siempre ceñidos a su derecha.

En marchas cicloturistas organizadas y que dispongan de la correspondiente autorización legislativa, se dispondrá de vehículos piloto que marquen tanto el principio, como el final de la marcha, además de los correspondientes vehículos de enlace y señalización para garantizar las maniobras en cruces y giros del pelotón. (Artículo 21, anexo 2 del RGCIR).

Cualquier vehículo de apoyo podrá circular por debajo de los límites mínimos de velocidad de la vía, pero deberán utilizar las luces indicadoras de emergencia/warning. (Artículo 49 del RGCIR).

Delante y detrás

Los automóviles que circulan por delante de un pelotón ciclista:
-Llevarán un cartel con la inscripción “Atención: marcha ciclista”, que en ningún caso podrá exceder la anchura del vehículo.
-Las motos o coches de enlace que precedan a la marcha deberán portar una bandera roja.
-En el techo del vehículo deberá instalarse un rotativo de señalización de color naranja.
-Durante el acompañamiento a la comitiva se encenderán las luces de avería y de cruce.


Vehículo de cola de pelotón:
-Llevará el cartel de “Fin marcha ciclista”, que no excederá la anchura del vehículo.
-Portará una bandera verde.
-En el techo del vehículo deberá instalarse un rotativo de señalización de color naranja.
-Durante el acompañamiento a la comitiva se encenderán las luces de avería y de cruce.

Cartel V-22

Los vehículos que acompañan a los ciclistas deben utilizar, de forma obligatoria, el cartel homologado con la nomenclatura V-22, que debe reunir los siguientes requisitos:
-Informa de la circulación próxima de ciclistas.
-Deberán utilizarlo en todo momento los vehículos de apoyo cuando circulen solo en función y servicio de acompañamiento a la circulación de ciclistas.


-Se instalará en la parte superior del vehículo de acompañamiento, de forma vertical y anclado al techo de forma que no exista riesgo de caída. Se instalará como elemento supletorio adicional.
-Esta señal tendrá inscrita en la parte izquierda la señal P-22 y en la parte derecha, la palabra CICLISTAS, debiendo ajustarse sus dimensiones, color, contenido y características técnicas a lo que se indica en el gráfico adjunto.
-Aunque no es obligatorio, en el nuevo Reglamento de la DGT también se aconseja el uso del rotativo luminoso naranja sobre el vehículo.
-Esta señalización especial sólo deberá utilizarse cuando el vehículo de apoyo esté acompañando a ciclistas y ha de ser retirado cuando el vehículo no cumpla esta función, para evitar la confusión al resto de usuarios de la vía.